FINANCIACION A TRAVES DE SOCIEDADES DE GARANTIA RECIPROCA
Las Sociedades de Garantía Recíproca, son sociedades que avalan a las empresas ante las entidades bancarias, a la hora de pedir un crédito.
La Sociedad de Garantía Recíproca se declara avalista de la empresa ante la entidad creditica, con lo cual la empresa consigue el crédito a un interés más bajo del habitual y con un período de amortización más amplio que el que normalmente se concede.
Por lo tanto con el apoyo de las Sociedades de Garantía Recíproca se obtienen unas ventajas que sin ellas sería imposible conseguir.
A cambio del aval que concede la SGR, la empresa se obliga a adquirir una participación en la SGR. Cuando se acaba el crédito, la empresa tiene la opción de elegir entre recobrar lo puesto en la SGR, o bien seguir como partícipe.
En las SGR puede haber dos tipos de socios:
- Socios partícipes
Empresas a las que se ha avalado o se está avalando
- Socios protectores
Organismos oficiales, entidades bancarias, etc.
Los socios protectores en su totalidad, no pueden tener una participación mayor del 50% de la SGR.
Datos de las encuestas realizadas, aportan que más del 80% de las empresas españolas tiene dificultades de financiación en estos momentos de crisis.
Las SGR concedieron avales el año pasado por valor de 25.000 millones de euros de los que se vieron beneficiadas unas 100.000 pymes.
Con estas cifras se puede admitir que la financiación de las empresas con el apoyo de las SGR es una opción a tener en cuenta.